Las empresas de servicios públicos deben darte por escrito las condiciones del servicio y los derechos y obligaciones de ambas partes. Y deben mantener esa información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público.
Están obligadas a llevar un registro de reclamos. Y tienen que garantizar la atención personalizada a los usuarios.
Las facturas deberán ser entregadas al usuario con no menos de 10 días antes de su vencimiento. Y expresar si existen deudas pendientes (con fechas, concepto e intereses, y con caracteres destacados).
Cuando la prestación del servicio se interrumpa o sufra alteraciones, se presume que es por culpa de la empresa. Tenés que hacer tu reclamo dentro de los 15 días del vencimiento, y la empresa tendrá 30 días para demostrar que el desperfecto no le es imputable. De lo contrario, tienen que reintegrarte el importe del servicio no prestado.
Para los servicios estacionales (por ej. se consume más gas en invierno) si tu factura supera en un 75% el promedio del mismo período de los 2 años anteriores, se presume que existe error en la facturación. Cuando es un servicio no estacional (el teléfono se utiliza igual todo el año) se toma en cuenta el consumo promedio de los últimos 12 meses. En ambos casos, tenés que abonar sólo el valor de dicho consumo promedio, hasta que se resuelva si el consumo existió.
Cuando te reclamen conceptos indebidos o facturas ya abonadas, tenés que reclamar, y abonar únicamente los conceptos no reclamados. La empresa tiene 30 días para demostrarte que el consumo fue efectivamente realizado. Si la respuesta no te satisface o no te contestan, tenés que denunciar al organismo de control correspondiente (ver sitios de interés) dentro de los 30 días desde la respuesta del prestador o de la fecha de vencimiento del plazo para contestar.